Registro de almacenamiento de productos químicos (APQ)

El registro de un almacenamiento de productos químicos comunica a Industria que tu instalación cumple el Reglamento APQ. Según producto y cantidad te pedirá proyecto, memoria o nada. Te lo aclaramos y preparamos el expediente.

Qué cubre este servicio

Prestamos apoyo técnico para la inscripción de instalaciones de almacenamiento de productos químicos sometidas al reglamento aplicable, incluyendo nuevas instalaciones, ampliaciones, modificaciones y bajas cuando encajen en el procedimiento.

Qué solemos revisar en un expediente APQ

  • Tipo de producto y peligrosidad

  • Ámbito de aplicación real del almacenamiento

  • Necesidad de proyecto o posibilidad de memoria en los casos previstos

  • Póliza, aval o garantía de responsabilidad civil

  • Certificado de dirección de obra o certificación alternativa

Qué no deberías hacer

No deberías tratar un APQ como si fuera una simple licencia interna de empresa. Cuando el almacenamiento entra en reglamento, el expediente debe montarse bien y con una lógica técnica clara.

Ampliaciones, modificaciones y bajas

No todos los expedientes APQ son altas nuevas. También te ayudamos con ampliaciones, modificaciones y bajas, y a aclarar en cada caso si hace falta proyecto o basta con una memoria.

Qué regula el Reglamento APQ

El Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus instrucciones técnicas complementarias (ITC) MIE APQ-0 a MIE APQ-10. Está en vigor desde el 25 de octubre de 2017, y el texto consolidado del BOE solo le añade una corrección de errores de 2018.

Se aplica al almacenamiento, la carga, la descarga y el trasiego de productos químicos peligrosos según el Reglamento CLP, sean sólidos, líquidos o gases, junto con sus servicios auxiliares. Alcanza a establecimientos industriales y almacenes, y también a los almacenamientos de comercios y empresas de servicios que no sean de pública concurrencia. Además incluye los líquidos combustibles en recipientes fijos con punto de inflamación superior a 60 °C y de hasta 100 °C.

Lo que define tu expediente es la ITC que te toca, según el producto y el tipo de recipiente:

  • MIE APQ-1: líquidos inflamables y combustibles en recipientes fijos.
  • MIE APQ-2, 3 y 4: óxido de etileno, cloro y amoníaco anhidro.
  • MIE APQ-5: gases en recipientes a presión móviles, como las botellas.
  • MIE APQ-6 y 7: líquidos corrosivos y líquidos tóxicos en recipientes fijos.
  • MIE APQ-8: fertilizantes a base de nitrato amónico con alto contenido en nitrógeno.
  • MIE APQ-9: peróxidos orgánicos y materias autorreactivas.
  • MIE APQ-10: recipientes móviles, es decir, bidones, garrafas o GRG de productos que no estén en una ITC específica.

Si en la misma instalación conviven productos de varias ITC, se aplican las prescripciones más severas (artículo 10). Si el producto no entra en ninguna, el proyecto se apoya en las fichas de datos de seguridad y en normas de reconocido prestigio.

Qué queda fuera

  • El almacenamiento durante el transporte, con las paradas que este impone, y el almacenamiento en tránsito definido en la MIE APQ-0.
  • Los almacenamientos integrados en unidades de proceso. La MIE APQ-1, por ejemplo, los limita a la cantidad necesaria para alimentar el proceso durante 48 horas, o a recipientes de menos de 3.000 litros conectados directamente a proceso por tubería.
  • Los productos con reglamento de seguridad propio, cuando este recoge las condiciones de su almacenamiento. Las instalaciones petrolíferas de uso propio, por ejemplo, tienen su instrucción, la MI-IP 03.
  • Los productos usados en una obra o reparación puntual, si se dan las tres condiciones de la MIE APQ-10: como máximo una vez al año, usados y guardados in situ, y sin pasar de la cantidad para 10 días ni de 30 días almacenados.
  • Las capacidades por debajo de la tabla que ves a continuación. En ese caso debes seguir las medidas de seguridad del fabricante y tener sus fichas de datos de seguridad.

Quedar fuera del APQ no te libra del resto de normas. El propio reglamento recuerda que siguen vigentes la prevención de riesgos laborales, la de accidentes graves (Real Decreto 840/2015), la de autoprotección (Real Decreto 393/2007) y la seguridad contra incendios del edificio o establecimiento.

A partir de qué cantidad te afecta

La tabla I del artículo 2 tiene dos columnas decisivas: la 5 marca desde qué capacidad se aplica el reglamento y la 6 desde cuál hace falta proyecto. Entre ambas, el proyecto puede sustituirse por una memoria. Estos son algunos de sus valores, junto con los de la MIE APQ-10 para inflamables en envases:

UMBRALES DEL REGLAMENTO APQ

Desde cuándo aplica y desde cuándo pide proyecto

Producto y categoría Se aplica desde Proyecto desde
Líquidos inflamables 1 y 2, en envases 50 l 300 l dentro · 500 l fuera
Líquidos inflamables 3, en envases 250 l 3.000 l dentro · 5.000 l fuera
Corrosión cutánea 1A 200 800
Corrosión cutánea 1B 400 1.600
Corrosión cutánea 1C 1.000 5.000
Toxicidad aguda 1 50 250
Líquidos comburentes 1 500 2.500
Peróxidos orgánicos B a F 5 150
Peligro para el medio ambiente 1.000 5.000

Las cifras se leen en litros para los líquidos y en kilos para los sólidos; los gases licuados van en kilos y los comprimidos en Nm³. Revisa siempre la fila exacta de tu producto.

Dos matices cambian muchos cálculos:

  • Cuenta la capacidad, no lo que hay hoy. La MIE APQ-0 la define como la máxima cantidad que puede contener el recipiente o el almacenamiento.
  • Las cantidades se suman. Según la nota de la tabla, agrupando por tipo de peligro, la suma de los cocientes entre lo almacenado y el valor de la columna no puede superar 1. Dos productos por debajo de su límite pueden pasarlo juntos.

En depósitos fijos de inflamables, la MIE APQ-1 fija el límite de la memoria por clases: menos de 300 litros en interior y 500 en exterior para la clase B, y menos de 3.000 y 5.000 para la clase C. En gases en botellas, la MIE APQ-5 clasifica el almacén por categorías, y las categorías 1 y 2 pueden ir con memoria.

Proyecto, memoria o ninguna de las dos

SEGÚN TU CAPACIDAD

Qué documentación te corresponde

Por debajo de la columna 5
  • Fuera del reglamento
  • Medidas del fabricante
  • Fichas de datos de seguridad
Entre las columnas 5 y 6
  • Memoria firmada por el titular
  • Certificado de organismo de control
  • Seguro de responsabilidad civil
Desde la columna 6
  • Proyecto de técnico titulado
  • Certificado del director de obra
  • Seguro de responsabilidad civil

El proyecto (artículo 4) justifica que la instalación cumple su ITC. Se recomienda seguir la norma UNE 157001 y debe incluir, según proceda:

  • Identificación de cada producto, con su clasificación, cantidad máxima y ficha de datos de seguridad.
  • Incompatibilidades entre productos, químicas y de otro tipo, como agentes de extinción o temperaturas distintas.
  • Recipientes, estanterías, cubetos, protección contra incendios, trasiego y clasificación de zonas.
  • Planos: situación en un radio de 10 km, plano general con distancias de seguridad, detalles, diagramas y red contra incendios.
  • Plan de mantenimiento y revisión, y plan de autoprotección cuando proceda.

La memoria es una versión reducida: productos, almacenamiento conjunto, normas aplicadas, descripción de la instalación, justificación de la ITC y plano general. A cambio, la conformidad la certifica un organismo de control habilitado en lugar del director de obra (artículo 3.7).

El seguro es obligatorio en ambos casos: póliza, aval o garantía equivalente con un mínimo de 400.000 € por siniestro, suscrita en el momento de comunicar la puesta en servicio (artículo 7.2).

En una ampliación o modificación, el proyecto abarca solo lo que cambia y lo que resulta afectado, y son las cantidades afectadas las que deciden entre proyecto y memoria. Un traslado tiene tres lecturas: el desmontaje parcial es una modificación, el total es una baja y el montaje en otro sitio es una instalación nueva. La baja, o el cambio que deja la instalación fuera del reglamento, se comunica con documentación que acredite cómo queda.

Si tu instalación no puede cumplir una prescripción de la ITC, la disposición adicional segunda permite pedir a la Comunidad una solución técnica alternativa, con informe favorable de un organismo de control y sin reducir la seguridad.

Cómo se inscribe en la Comunidad de Madrid

El titular presenta la documentación con las obras terminadas y antes de poner el almacenamiento en servicio (artículo 3.1). En Madrid se hace en la sede electrónica, que tiene entradas separadas para instalaciones con proyecto, instalaciones con memoria, baja, cambio de titularidad y autorización de excepción.

La tasa depende del presupuesto del proyecto y, si aportas memoria, es otra distinta. Según la ficha de la sede, la Administración estudia el expediente, puede pedir aclaraciones o documentación y, si procede, hacer una visita de inspección. Con todo completo remite el acta de inscripción. El plazo máximo que indica la ficha es de tres meses, con silencio estimatorio.

Qué toca después de la inscripción

CONTROL PERIÓDICO

El calendario de un almacenamiento APQ

  • Cada año Revisión por inspector propio u organismo de control en las MIE APQ-1, 9 y 10, con su certificado. La MIE APQ-6 también pide operaciones anuales.
  • Cada 5 años Certificado de organismo de control presentado ante la Comunidad, contado desde la puesta en servicio.
  • Cada 5 años, enterrados Prueba de estanqueidad de recipientes y tuberías enterradas, salvo doble pared con detección de fugas.
  • Cada 15 años Inspección interior de tanques metálicos de simple pared en la MIE APQ-1, si no son equipos a presión.

Cada ITC añade lo suyo. La MIE APQ-6 pide medir espesores cada cinco años en recipientes y tuberías metálicas, y la MIE APQ-7 una revisión exterior cada cinco años y otra interior cada diez. Los almacenamientos anteriores a este reglamento siguen la ITC con la que se hicieron, pero con la periodicidad de las actuales (disposición transitoria tercera).

Algunos establecimientos necesitan además plan de autoprotección (artículo 11): los que superan los umbrales del Real Decreto 393/2007, los afectados por accidentes graves y los que guardan más de una tonelada de productos de la MIE APQ-9. Un accidente con daños importantes se comunica de inmediato a la Comunidad, con informe posterior.

Dos ejemplos para situarte

Ejemplo: almacén de pinturas y disolventes en Getafe. Guarda en el interior, en envases, 200 litros de líquido inflamable de categoría 2 y 2.000 litros de categoría 3. Mirados por separado, los dos quedarían en memoria, por debajo de 300 y de 3.000 litros. Sumados, 200/300 + 2.000/3.000 da 1,33: al superar 1, el expediente pasa a proyecto, redactado conforme a la MIE APQ-10.

Ejemplo: depósito de líquido corrosivo en una planta de Torrejón de Ardoz. Un tanque fijo de 3.000 litros de un producto de categoría 1B supera los 1.600 litros, así que necesita proyecto y entra en la MIE APQ-6. Con el certificado final hay que aportar el certificado de construcción del fabricante, que debe indicar la vida útil del recipiente, y justificar el sobreespesor de corrosión.

Cómo preparamos tu expediente

Empezamos por la lista de productos con sus fichas de datos de seguridad y por la capacidad máxima real. Con eso situamos cada producto en su ITC, hacemos las sumas y te decimos qué documentación te corresponde. Después preparamos esa documentación, coordinamos a quien tenga que certificar y tramitamos ante la Comunidad de Madrid hasta tener el acta.

En otros reglamentos, hemos legalizado y registrado las instalaciones térmicas y de protección contra incendios de la UNED y la instalación térmica de Ahorramás en Guadalajara. Si tu nave tiene más instalaciones por regularizar, puedes verlas en registro y legalización de instalaciones, y si usas aire comprimido o recipientes a presión, en el registro de equipos a presión.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son las normas para el almacenamiento de productos químicos?

La principal es el Real Decreto 656/2017, con sus ITC MIE APQ-0 a 10. Se completa con la normativa de prevención de riesgos laborales, de accidentes graves si te afecta, de autoprotección y de seguridad contra incendios.

¿Cuál es el requisito para almacenar productos químicos?

Si superas los umbrales del reglamento, necesitas proyecto o memoria, certificado del director de obra o de un organismo de control, seguro de al menos 400.000 € por siniestro y comunicar la puesta en servicio a la Comunidad.

¿Cómo se deben almacenar los productos químicos?

Como marque la ITC de cada producto, respetando las incompatibilidades de sus fichas de datos de seguridad. La ITC fija aspectos como la contención de derrames, las distancias, la ventilación y la protección contra incendios. Por debajo de los umbrales, sigue las medidas del fabricante.

¿Siempre hace falta proyecto?

No. Entre las columnas 5 y 6 de la tabla I, o donde la ITC lo permita, basta una memoria firmada por el titular con certificado de un organismo de control. Por debajo de la columna 5 no se aplica el reglamento.

¿Sirve para instalaciones nuevas y para cambios en las existentes?

Sí. El procedimiento de Madrid cubre la puesta en servicio de instalaciones nuevas y la ampliación, modificación o baja de las existentes. El cambio de titularidad tiene su propia entrada en la sede.

¿Qué seguro y qué certificados se piden?

Una garantía de responsabilidad civil de al menos 400.000 € por siniestro y, según la vía, el certificado del técnico director de obra o el de un organismo de control habilitado. En recipientes fijos suele añadirse el certificado de construcción del fabricante.

¿Cada cuánto hay que inspeccionar un almacenamiento APQ?

Cada cinco años debes presentar a la Comunidad un certificado de organismo de control. Además, varias ITC exigen revisiones anuales por inspector propio u organismo de control, y los elementos enterrados tienen su propia prueba quinquenal.

¿El gasóleo de un depósito para consumo propio entra en el APQ?

Normalmente no se tramita por aquí, porque las instalaciones petrolíferas para uso propio tienen su instrucción específica, la MI-IP 03. Conviene confirmarlo con el producto y el uso concretos antes de elegir expediente.

Cuéntanos qué almacenas

Envíanos la lista de productos, sus fichas de datos de seguridad y cómo los guardas. Te decimos en qué ITC entran y si tu caso pide proyecto, memoria o ningún expediente. Contacta con nosotros y lo vemos.