REOVI: registro de operadores del sector vitivinícola
El REOVI es el Registro General de Operadores del Sector Vitivinícola, donde se inscriben productores y almacenistas de vino y mosto. Te ayudamos con altas, bajas y cambios de operadores e instalaciones ante la Comunidad de Madrid.
Productor o almacenista: qué hay que declarar
Qué documentación puede revisarse
Qué es el REOVI y qué relación tiene con INFOVI
El REOVI es el registro nacional de quienes producen o almacenan vino y mosto. Lo crea el Real Decreto 739/2015, sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola, dentro de un sistema más amplio: INFOVI, el sistema de información de mercados del sector, adscrito al Ministerio de Agricultura.
INFOVI tiene dos partes (artículo 4): el propio REOVI, que dice quién opera y con qué instalaciones, y la información que esos operadores declaran después sobre su producción y sus existencias. Dicho de forma práctica: el REOVI es la puerta de entrada y de él parten las declaraciones que te tocarán después.
Aunque el registro es nacional, la inscripción se pide a una comunidad autónoma: aquella donde esté tu sede social al iniciar la actividad. En la Comunidad de Madrid el trámite figura como «Registro de Operadores Vitivinícolas» y lo gestiona la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
No lo confundas con el registro vitícola, que va de parcelas de viñedo y afecta a los viticultores, ni con la declaración de cosecha, que presentan los cosecheros hasta el 10 de diciembre de cada año. Puedes tener que cumplir con los tres si cultivas tu uva y elaboras tu vino.
Quién tiene que inscribirse
El artículo 4.2 lo dice sin rodeos: en el REOVI se inscriben los productores y los almacenistas. Ambos términos están definidos en el artículo 2 del real decreto, y el matiz importa porque de él dependen las declaraciones posteriores.
OPERADORES
Productor, almacenista o ninguno de los dos
| Quién es | ¿REOVI? | |
|---|---|---|
| Productor | Produce mosto o vino de su propiedad, directamente o a través de terceros | ✔ Sí |
| Almacenista | Tiene vino o mosto de su propiedad almacenado sin haberlo producido | ✔ Sí |
| Minorista | Vende pequeñas cantidades al consumidor, sin bodega para grandes volúmenes | ✘ No es almacenista |
| Compraventa de envasado | Compra y vende solo vino envasado, etiquetado y con cierre irrecuperable | ✘ No es almacenista |
| Consumidor privado | Guarda vino para su consumo | ✘ No es almacenista |
Dos reglas ayudan a clasificarse bien:
- Quien produce y además almacena es productor. Lo dice el propio artículo 2, sin perjuicio de que declare la parte de vino o mosto que corresponda a su actividad de almacenista. En la solicitud de Madrid, si elaboras vino en cualquiera de tus instalaciones, indicas productor.
- Hacer vino a través de terceros también es producir. Si una bodega ajena elabora vino que es de tu propiedad, encajas en la definición aunque no tengas depósitos propios.
El excluido más habitual es el minorista, con una salvedad: deja de serlo a estos efectos si usa bodegas equipadas para almacenar y envasar vino en grandes cantidades.
Cómo se tramita en la Comunidad de Madrid
ALTA DEL OPERADOR
De iniciar la actividad a quedar inscrito
- Registro de industrias agroalimentarias
- Sede social en Madrid
- Anexo II
- Tipo de operador
- Instalaciones en hl
- Subsanación en 10 días hábiles
- Máximo 3 meses
- Silencio desestimatorio
Trámite sin tasa, con solicitud dentro del mes siguiente al inicio de la actividad.
La sede electrónica de la Comunidad pide que, antes de solicitar el alta, hayas presentado la declaración responsable de inscripción en el Sistema de Información Regional de Industrias Agroalimentarias, o que tengas el alta en el registro de industrias de tu comunidad. Esa declaración se dirige a quienes fabrican, manipulan o envasan alimentos, y deja fuera a quien solo almacena o distribuye. Si eres un almacenista puro, es un punto que hay que aclarar con el Área de Industrias Agroalimentarias antes de presentar.
Lo que define el expediente son los datos de actividad: tipo de operador, tipo de instalación (bodega, almacén o ambas), su localización, la capacidad de almacenamiento y la producción estimada de vino y mosto, todo en hectolitros. Esa estimación tiene más peso del que parece: si empiezas, es el dato con el que se decide qué calendario de declaraciones te corresponde (artículo 5.4).
El trámite no tiene tasa. El plazo máximo de resolución es de tres meses y, si no hay respuesta, el silencio es desestimatorio, así que no conviene dar el alta por hecha porque haya pasado ese tiempo.
Los plazos de un mes
Casi todo en este registro se mide con el mismo plazo, un mes, y lo que cambia es desde cuándo cuenta:
- Alta de operador: desde el inicio de la actividad.
- Alta de instalación: desde que empiezas a operar en esa bodega o almacén.
- Cambios y errores: desde que se produce el cambio o detectas el error.
- Bajas: desde el cese de la actividad o el cierre de la instalación.
Si tu sede social está en otra comunidad, la inscripción va allí, también para una bodega situada en Madrid. El control oficial de esa instalación, en cambio, le corresponde a la comunidad donde esté (artículo 7).
Qué tienes que hacer después: las declaraciones en INFOVI
Inscribirse abre la obligación de declarar por cada instalación en la aplicación de INFOVI, incluso si todos los datos son cero (artículo 5.6). El calendario depende del tipo de operador y de la producción media de las cuatro campañas anteriores.
CALENDARIO
Cuándo declara cada operador
- Cada mes Almacenistas y productores de 1.000 hl o más: hasta el día 20, con el anexo III a.
- Agosto y diciembre Productores de menos de 1.000 hl: hasta el día 20 de esos meses, con el anexo III b.
- 1-10 diciembre Productores obligados a declarar: datos de proveedores y compraventas, anexos IV a y IV b.
El artículo 5.5 exime de declarar a tres casos: cosecheros exentos de la declaración de cosecha, quienes obtengan menos de 10 hectolitros mediante vinificación de productos comprados sin destinarlos a la venta, y socios de cooperativa que entreguen toda su producción, que pueden reservarse menos de 10 hectolitros para consumo propio.
No declarar a tiempo, omitir una declaración o cometer errores que afecten a las características del producto se sanciona conforme a la Ley 24/2003, de la Viña y del Vino (artículo 8 del real decreto).
Ejemplo: una bodega nueva en Navalcarnero prevé elaborar 300 hectolitros con uva propia. Se inscribe como productora dentro del mes siguiente al inicio, comunica esa estimación y declara en agosto y en diciembre por su única instalación. Si después abre un almacén en otro municipio, ese almacén se da de alta aparte, en el mismo plazo, y declara también.
Ejemplo: una distribuidora de Alcobendas compra vino a granel y lo guarda en depósitos alquilados antes de venderlo a otras empresas. No lo produce, pero es propietaria y lo tiene almacenado: es almacenista y declara cada mes. Si solo moviera botellas ya etiquetadas y con su cierre, quedaría fuera de la definición.
Cómo te ayudamos
En Taller de Ingeniería gestionamos directamente trámites con administraciones autonómicas y en sus portales oficiales. En el REOVI nuestro trabajo es que lo que declares al entrar sea coherente con lo que haces:
- Qué miramos: qué tipo de operador eres, qué instalaciones tienen existencias, dónde está la sede social y si tienes hecho el paso previo.
- Qué hacemos: preparamos la solicitud y su documentación, fijamos capacidades y producción estimada contigo y atendemos los requerimientos de subsanación.
- Qué te dejamos: el expediente presentado y claro qué declaraciones y fechas te corresponden después.
El registro de operador tampoco resuelve las instalaciones de la bodega, que siguen su propio camino. Una nave con depósitos refrigerados puede necesitar el registro de la instalación frigorífica, y la electricidad su puesta en servicio en baja tensión. Si tienes compresores u otros equipos sometidos a presión, mira el registro de instalaciones a presión. El conjunto lo tienes en registro y legalización de instalaciones, y si estás dando forma al proyecto de la bodega, en nuestra consultoría de ingeniería industrial.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el REOVI?
El Registro General de Operadores del Sector Vitivinícola. Recoge a productores y almacenistas de vino y mosto y sus instalaciones, y forma parte del sistema INFOVI creado por el Real Decreto 739/2015.
¿Qué es INFOVI?
El sistema de información de mercados del sector vitivinícola. Reúne el REOVI y los datos de las declaraciones obligatorias de los operadores, y es también la aplicación con la que se presentan.
¿Sirve para bodegas y almacenes?
Sí. El alta exige indicar si actúas como productor o almacenista, y cada bodega o almacén con existencias se inscribe como instalación.
¿Hay un plazo para darse de alta?
Sí: la solicitud debe hacerse, como muy tarde, dentro del mes siguiente al inicio de la actividad. El mismo plazo vale para nuevas instalaciones y bajas.
¿También revisáis modificaciones o errores de datos?
Sí. Los cambios y errores hay que comunicarlos en el mes siguiente a producirse o detectarse, también ante la comunidad de tu sede social.
¿Cuánto cuesta inscribirse en Madrid?
La Administración no cobra tasa por este trámite en la Comunidad de Madrid. Otros registros que necesites pueden tener sus propias condiciones.
¿En qué se diferencia del registro vitícola?
El registro vitícola recoge parcelas de viñedo y se dirige a viticultores. El REOVI recoge a quienes producen o almacenan vino y mosto, con sus instalaciones.
Cuéntanos cómo es tu bodega
Dinos qué haces, dónde está tu sede social y qué instalaciones tienes, y te diremos cómo inscribirte y qué tendrás que declarar. Contacta con Taller de Ingeniería.
