Registro y Legalización de Instalaciones

La legalización de instalaciones es el trámite que convierte una instalación ya montada en una instalación reconocida por la Administración: inscrita en el registro de industria que le corresponde, con su certificado y, cuando toca, con la inspección inicial superada. En Taller de Ingeniería preparamos el proyecto o la memoria, revisamos el expediente, coordinamos a quien tiene que firmar o inspeccionar y lo llevamos hasta la inscripción, sobre todo en la Comunidad de Madrid.

Aquí te explicamos en qué consiste legalizar, quién interviene y qué pasa con instalaciones hechas sin papeles, cambios de titular y reformas. Después tienes cada familia de instalación con el enlace a su página.

Nuestros Servicios

Asesoramiento Técnico y Normativo

  • Análisis de la normativa vigente según la ubicación y tipo de instalación.

  • Estudios de viabilidad y diagnóstico previo.

  • Elaboración de informes técnicos y memorias justificativas.

Legalización y Registro de Instalaciones

  • Tramitación de expedientes ante organismos oficiales y compañías suministradoras.

  • Desarrollo de proyectos técnicos y emisión de certificados de conformidad.

  • Inspecciones previas y verificaciones para garantizar el cumplimiento normativo.

Licencias de actividad y apertura

También preparamos la documentación para obtener licencias de apertura en bares, restaurantes y centros de ocio, comercios, almacenes, aparcamientos, industrias, talleres y hoteles. Te lo explicamos en proyecto de actividad para naves industriales y locales.

Supervisión y Coordinación Técnica

  • Gestión documental y tramitación ante organismos públicos y entidades certificadoras.

  • Coordinación con técnicos especializados para inspección y aprobación de instalaciones.

  • Control de calidad y cumplimiento de estándares de seguridad.

Ámbitos de Aplicación

Trabajamos en la legalización de instalaciones en sectores estratégicos, asegurando que cumplan con la normativa vigente en cada comunidad autónoma:

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Instalaciones de Baja Tensión

Infraestructura eléctrica para industrias, comercios y servicios.
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Instalaciones de Alta Tensión

Infraestructura eléctrica para industrias, comercios y servicios.
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Instalaciones Térmicas

Sistemas de calefacción, climatización y producción de agua caliente sanitaria.
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Frío Industrial

Cámaras frigoríficas, túneles de congelación y sistemas de refrigeración para la industria.
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Protección Contra Incendios (PCI)

Diseño y legalización de sistemas de detección, extinción y evacuación en entornos industriales y comerciales.
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Equipos a Presión

Calderas, recipientes a presión y sistemas de almacenamiento de gases industriales.
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Licencias de Obras y Actividad

Gestión de permisos municipales y autonómicos para la ejecución y operación de instalaciones.
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Suministro de Agua

Redes de abastecimiento, distribución y tratamiento de agua potable.
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Instalaciones Petrolíferas

Estaciones de servicio, almacenamiento de combustibles y sistemas de distribución.
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Trámites y registros de instalaciones en la Comunidad de Madrid

Preparamos, revisamos y tramitamos los expedientes de registro, puesta en servicio, legalización, modificación, cambio de titularidad y subsanación de instalaciones. Cada familia de instalación tiene su propio procedimiento; aquí tienes las que tratamos:

Instalaciones eléctricas

Instalaciones térmicas, de fluidos y combustibles

Protección contra incendios

Otros registros

Cómo trabajamos estos expedientes

Revisión técnica previa. Antes de presentar nada comprobamos que el expediente corresponde al trámite correcto y si requiere proyecto, memoria, certificado, inspección, acta de pruebas, documentación de representación o justificante de tasas. Así detectamos a tiempo lo que podría acabar en un requerimiento.

Preparación documental. Ordenamos la documentación según el procedimiento y el perfil del solicitante. Cuando el trámite exige la intervención de una Entidad de Inspección y Control Industrial (EICI) u otros agentes habilitados, preparamos el expediente para que llegue completo y coherente; puedes trabajar con la EICI que prefieras, siempre que esté habilitada para ese tipo de trámite.

Acompañamiento hasta el registro. Te ayudamos en nuevas instalaciones, ampliaciones, reformas, cambios de titularidad, bajas, comunicaciones periódicas, modificaciones de datos y respuestas a requerimientos.

Preguntas frecuentes sobre el registro de instalaciones

¿Os encargáis solo de la tramitación? No necesariamente. Podemos intervenir en la preparación técnica, en la revisión del expediente y en la coordinación del proceso administrativo.

¿Todos los trámites son iguales? No. No es lo mismo un registro de protección contra incendios en un establecimiento industrial que en uno no industrial, ni un expediente de baja tensión que uno de alta tensión, ni una instalación de agua que se presenta con memoria que otra que necesita proyecto.

¿Podéis decirme si mi caso exige proyecto o memoria? Sí. Es una de las partes más útiles del servicio, porque muchos retrasos vienen de presentar el expediente con una base documental incorrecta. Si necesitas el proyecto, lo redactamos: ver redacción de proyectos de ingeniería.

Qué significa legalizar o registrar una instalación

Cada tipo de instalación industrial tiene su reglamento de seguridad (baja y alta tensión, térmicas, contra incendios, frío, presión, productos químicos y varios más). Todos persiguen lo mismo: que la instalación se diseñe y se ejecute de forma segura, y que quede constancia de quién la proyectó, quién la montó y quién responde de ella.

Legalizar es demostrar ese cumplimiento ante el órgano competente en industria de la comunidad autónoma. En la práctica, un expediente de legalización reúne casi siempre estas piezas:

  • Documentación técnica de diseño. Un proyecto firmado por técnico competente o, en instalaciones más pequeñas, una memoria técnica. Qué toca en cada caso lo fija el reglamento, normalmente por potencia, superficie, volumen o riesgo.
  • Certificado de instalación. Lo emite la empresa instaladora habilitada que ha ejecutado los trabajos, con las pruebas realizadas. En electricidad se conoce como certificado de instalación eléctrica (CIE) o, de forma coloquial, boletín.
  • Certificado de dirección de obra, cuando la instalación lleva proyecto y el reglamento lo exige.
  • Inspección inicial por un organismo de control, en las instalaciones que la necesitan antes de ponerse en marcha.
  • Inscripción en el registro y justificante de las tasas, que da paso a la puesta en servicio.

«Legalizar», «registrar», «dar de alta en Industria» u «homologar la instalación» se usan para lo mismo: una instalación con su documentación en regla y su número de registro.

EL RECORRIDO

De la instalación montada a la instalación registrada

1

Diseño
  • Proyecto o memoria técnica
  • Cálculos y planos
2

Ejecución
  • Empresa instaladora habilitada
  • Pruebas y certificado
3

Control
  • Inspección inicial si aplica
  • EICI u organismo de control
4

Registro
  • Inscripción y tasas
  • Puesta en servicio

En Madrid muchos de estos expedientes se presentan a través de una EICI.

Cómo funciona en la Comunidad de Madrid: el papel de las EICI

Madrid tiene una particularidad que conviene conocer. Desde el Decreto 38/2002, que regula el control reglamentario de las instalaciones industriales en la región, las Entidades de Inspección y Control Industrial (EICI) pueden intervenir en el procedimiento de puesta en servicio. Por eso buena parte de los registros (baja tensión, térmicas, frío, presión, agua o contra incendios, entre otros) se presentan a través de una EICI, que revisa la documentación, inspecciona cuando corresponde y comunica el alta a la Comunidad.

Otros expedientes siguen en la Dirección General de Industria: la autorización de las instalaciones de alta tensión de los grupos sujetos a autorización administrativa, las instalaciones de producción eléctrica o el autoconsumo con excedentes que genera en alta tensión. Tú eliges la EICI con la que quieres trabajar, siempre que esté habilitada para ese tipo de instalación, y nosotros le entregamos el expediente completo.

Quién interviene en una legalización

Firman varias partes y cada una responde de lo suyo.

AGENTES

Quién hace qué en el expediente

Titular
La empresa o persona a cuyo nombre queda la instalación. Solicita el registro y responde del mantenimiento.

«La nave está a nombre de la sociedad»

Ingeniería
Redacta el proyecto o la memoria, dirige la obra cuando procede y prepara el expediente.

«Falta el proyecto de la ampliación»

Empresa instaladora
Habilitada para esa especialidad. Ejecuta, prueba y emite el certificado de instalación.

«El instalador firma el boletín»

EICI u organismo de control
Inspecciona cuando el reglamento lo pide y, en Madrid, tramita muchas puestas en servicio.

«La inspección inicial es el día 12»

Distribuidora
Da el acceso y la conexión a la red y exige la instalación certificada para suministrar.

«Nos piden el CIE para el alta»

Nuestro sitio en ese esquema es el de la ingeniería de legalización de instalaciones: ponemos la parte técnica (proyecto, memoria, dirección de obra, certificados finales) y coordinamos a los demás para que el expediente llegue coherente. Si la empresa instaladora ya tiene su certificado y solo falta tramitar, revisamos que encaje con lo que se presenta; si falta el proyecto, lo redactamos desde nuestro servicio de redacción de proyectos de ingeniería.

Proyecto o memoria técnica: la primera decisión

Muchos requerimientos de la Administración nacen de un error de partida: presentar con memoria lo que necesitaba proyecto, o encajar la instalación en un procedimiento que no es el suyo. La memoria técnica sirve para instalaciones pequeñas o de bajo riesgo; por encima de los umbrales del reglamento hace falta un proyecto firmado por técnico competente, con cálculos, planos, pliego y presupuesto, y normalmente dirección de obra con su certificado final.

Dos ejemplos de cómo pesa esta decisión. En climatización, el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE, Real Decreto 1027/2007) pide memoria técnica para las instalaciones de potencia térmica nominal entre 5 y 70 kW y proyecto por encima de 70 kW. En protección contra incendios, el alcance depende de si el establecimiento es industrial, donde rige el RSCIEI (Real Decreto 164/2025), o no industrial, donde el marco es el Código Técnico de la Edificación junto con el RIPCI (Real Decreto 513/2017). Una misma nave puede tener un expediente de cada tipo según cómo se use cada zona.

Familias de instalaciones que registramos

Un resumen de cada una, con el enlace a su página.

TRÁMITES

Lo que legalizamos e inscribimos

Cada familia tiene su reglamento y su procedimiento de registro.
Baja tensiónAlta tensiónTérmicas y climatizaciónFrigoríficasEquipos a presiónAguaGas natural y GLPGas para vehículosPetrolíferasParques de almacenamientoProductos químicos (APQ)Contra incendiosRayos XRII división A y CTransporte de residuosREOVI (vitivinícola)Colaboradoras urbanísticas

Instalaciones eléctricas de baja y alta tensión

Es el grueso de nuestro trabajo. En baja tensión, regulada por el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (Real Decreto 842/2002), el expediente gira en torno al certificado de instalación y, según el uso y la potencia, al proyecto y a la inspección inicial; lo explicamos en puesta en servicio e inspección de instalaciones eléctricas de baja tensión.

En alta tensión (centros de transformación, líneas, subestaciones) el procedimiento depende del grupo en que se clasifique la instalación: unas necesitan autorización administrativa antes de construirse y otras se ponen en servicio con una comunicación previa. Lo tienes en registro de instalaciones eléctricas de alta tensión.

Instalaciones térmicas y de climatización

Calefacción, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria en edificios, bajo el RITE. Se registran al terminar la obra con el certificado de la instalación y la documentación de diseño que corresponda a su potencia. Más detalle en instalaciones térmicas y de climatización.

Legalización de instalaciones frigoríficas

Las cámaras de frío, los túneles de congelación, las salas de máquinas con amoniaco o CO₂ y los sistemas de refrigeración de procesos se rigen por el Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas (Real Decreto 552/2019). Su legalización depende sobre todo de la potencia de los compresores y del grupo del refrigerante, que determinan si la instalación es de nivel 1 o de nivel 2, si hace falta proyecto y qué inspecciones periódicas tendrá. Es un expediente que suele aparecer en supermercados, logística de alimentación y obradores, y que a menudo se tramita a la vez que la climatización del mismo edificio. El procedimiento completo está en registro de instalaciones frigoríficas: legalización, control técnico y exigencias de seguridad.

Equipos a presión y suministro de agua

Calderas, compresores de aire, depósitos de aire comprimido o acumuladores entran en el reglamento de equipos a presión, que exige registro e inspecciones periódicas según la categoría del equipo: registro de equipos a presión. Las redes interiores de agua de edificios e industrias tienen su propio trámite, con memoria o proyecto según su tamaño: registro de instalaciones interiores de suministro de agua.

Gas natural, GLP y gas para vehículos

Las instalaciones receptoras de gas natural o de gases licuados del petróleo (calderas, cocinas industriales, hornos, generadores de aire caliente) se legalizan con su certificado de instalación y, cuando procede, proyecto: instalaciones receptoras de gas natural y GLP. Las estaciones que suministran gas natural comprimido o licuado, o GLP de automoción, siguen un procedimiento distinto: estaciones de servicio para vehículos a gas.

Legalización de instalaciones petrolíferas

Un depósito de gasóleo para la calefacción de un colegio, el tanque de gasóleo de un grupo electrógeno, el surtidor con el que una empresa de transporte reposta su flota o una estación de servicio son instalaciones petrolíferas, y todas se inscriben en el registro. El reglamento de instalaciones petrolíferas distingue, mediante sus instrucciones técnicas complementarias, entre las de consumo en la propia instalación y las de suministro a vehículos, y según la capacidad de almacenamiento y el tipo de producto pide proyecto o basta con documentación más sencilla. Hay que sumar la prueba de estanqueidad de los tanques, las distancias de seguridad y, en los enterrados, la protección frente a corrosión y fugas. Te lo contamos en proyecto técnico de instalaciones petrolíferas en Madrid.

Las instalaciones de distribución al por menor que funcionan como parque de almacenamiento tienen su propio expediente, con proyecto, documentación ambiental, pruebas de estanqueidad y un estudio detallado de zonas de descarga y distancias: parques de almacenamiento de productos petrolíferos.

Almacenamiento de productos químicos (APQ)

Ácidos, bases, inflamables, comburentes o gases en botellas: según la clase de producto y la cantidad almacenada, el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos (Real Decreto 656/2017) exige inscripción con proyecto o con documentación simplificada, y en algunos casos solo cumplir las condiciones sin registro. Lo detallamos en almacenamientos de productos químicos.

Protección contra incendios

Detección, alarma, extinción automática, bocas de incendio, hidrantes o abastecimiento de agua contra incendios se registran una vez instalados por una empresa habilitada. Separamos los dos mundos que marca la normativa: instalaciones contra incendios en establecimientos industriales e instalaciones contra incendios en edificios y establecimientos no industriales.

Rayos X de diagnóstico médico

Clínicas dentales, veterinarias, centros de fisioterapia con radiología o consultas con equipos de rayos X deben declarar e inscribir la instalación antes de usarla, con su documentación de protección radiológica. Lo explicamos en instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico.

Registros de empresas, entidades y operadores

Algunos trámites no inscriben una instalación sino a quien la explota o a quien presta un servicio. En el Registro Integrado Industrial, la división A recoge los establecimientos industriales cuya actividad no tiene otra vía de inscripción específica, y la división C a las entidades de seguridad y calidad industrial (inspección, certificación, laboratorios de ensayo o calibración), donde la acreditación pesa mucho. Quien transporta residuos debe inscribirse como tal (registro de transportistas de residuos), y bodegas y almacenistas de vino tienen su alta como operadores e instalaciones en el REOVI, el registro general de operadores del sector vitivinícola.

Por último, las sociedades que quieren actuar como entidad privada colaboradora en la verificación de licencias urbanísticas necesitan inscribirse en su propio registro, con requisitos de acreditación y seguro: entidades privadas colaboradoras urbanísticas.

Legalización de instalaciones industriales y de actividades

En una industria, la legalización rara vez es de una sola instalación. Una nave que empieza a funcionar suele necesitar a la vez la baja tensión (y quizá un centro de transformación propio), la protección contra incendios, la climatización de oficinas, el aire comprimido, algún almacenamiento de productos químicos y la inscripción del establecimiento en el Registro Integrado Industrial. Tramitadas por separado, es fácil que los planos de un expediente contradigan a los de otro.

Por eso, en la legalización de proyectos industriales trabajamos con una lista única del establecimiento: qué instalaciones hay, cuál exige proyecto, cuál pasa por EICI, cuál por la Dirección General y en qué orden conviene presentarlas. A esto se suma la licencia municipal: la licencia de actividad o la declaración responsable del ayuntamiento es otro trámite, distinto del registro de industria, aunque se apoya en él. Esa parte de ingeniería para legalización de actividades la explicamos en proyecto de actividad para naves industriales y locales.

Fotovoltaica y coste: dos dudas habituales

Qué hace falta para legalizar una instalación fotovoltaica

Depende de si es autoconsumo sin excedentes, con excedentes o una planta de producción. En una cubierta solar de autoconsumo en baja tensión, el expediente lleva memoria técnica o proyecto según la potencia, el certificado de la empresa instaladora, la inspección cuando aplica y la inscripción en el registro de autoconsumo; si vierte excedentes, se suman el acceso y la conexión con la distribuidora. En Madrid, el autoconsumo sin excedentes y buena parte del que tiene excedentes en baja tensión se presentan por EICI; el que genera en alta tensión va a la Dirección General. El marco es el Real Decreto 244/2019. Si aún estás diseñando, mira energías renovables.

De qué depende el coste de una legalización

  • El tipo de instalación: no se parece una cámara frigorífica a un centro de transformación.
  • Memoria o proyecto, con o sin dirección de obra.
  • La inspección inicial, que la entidad factura aparte, y las tasas, que en algunos trámites van por tramos de presupuesto.
  • El estado de la instalación y la documentación de partida: adecuar o levantar en campo lleva más trabajo.

Por eso preferimos ver la instalación o sus papeles y darte un presupuesto cerrado.

Instalaciones ya ejecutadas sin legalizar

Es un caso frecuente: una ampliación que se hizo deprisa, una nave comprada con instalaciones sin papeles, una climatización cambiada sin registrar. Se puede regularizar, pero el camino es distinto al de una instalación nueva, porque hay que demostrar que lo que ya está montado cumple.

  1. Levantamiento en campo y recopilación de lo que exista: planos antiguos, fichas técnicas, certificados sueltos.
  2. Diagnóstico frente al reglamento: protecciones, secciones, distancias, ventilaciones, sectorización.
  3. Adecuación. Si hay deficiencias, definimos qué corregir para que la empresa instaladora lo ejecute. Sin ese paso la inspección no se supera.
  4. Documentación de lo construido. Redactamos el proyecto o la memoria con la instalación tal como queda, y la instaladora emite su certificado.
  5. Inspección e inscripción, igual que en una instalación nueva.

No conviene dejarlo correr: suele aflorar al pedir más potencia, al vender, al tramitar la licencia o en un siniestro.

Cambios de titularidad, ampliaciones y modificaciones

Una instalación registrada no queda fija para siempre. Cuando la nave se vende o se alquila a otra empresa, el nuevo titular debe comunicar el cambio de titularidad en el registro; en alta tensión la transmisión tiene su propio trámite y su tasa. Conviene hacerlo al formalizar la operación, porque las inspecciones periódicas y las responsabilidades van a nombre de quien figure inscrito.

Con las modificaciones la pregunta es si son «de importancia». Cambiar un cuadro por otro equivalente no suele requerir nada más que el mantenimiento ordinario; aumentar la potencia, añadir un centro de transformación, cambiar el refrigerante de una instalación frigorífica por otro de distinto grupo o que supere su presión admisible, o pasar de un almacén a un uso con público sí obligan a un nuevo expediente. Si dudas, consúltalo antes de ejecutar.

Cómo trabajamos un expediente

MÉTODO

Nuestro recorrido con cada legalización

Clasificar

Identificamos el reglamento, el grupo o categoría, la ventanilla (EICI o Dirección General) y la documentación que exige.
Documentar

Redactamos proyecto o memoria, o revisamos los que ya existen, y comprobamos que cuadran con el certificado del instalador.
Coordinar

Organizamos la inspección inicial con la entidad que elijas y resolvemos sus observaciones.
Inscribir

Presentamos, pagamos tasas, contestamos requerimientos y te entregamos el registro para la puesta en servicio.

Recibes la instalación inscrita y un expediente ordenado (proyecto o memoria, certificados, actas y justificante de registro) que te sirve para la distribuidora, la licencia municipal, la aseguradora y las inspecciones periódicas.

Instalaciones que hemos legalizado

La mayoría de los proyectos que publicamos son legalizaciones, muchas en edificios donde no se puede improvisar. Hemos tramitado la baja y la alta tensión de cinco estaciones de Metro de Madrid; en el aeropuerto de Barajas, una planta fotovoltaica de 45 kV y varias líneas de alta; en los centros de datos MAD04 y MAD03, sus líneas de baja y alta; y en sucursales del Banco de España en Alicante, A Coruña y Valladolid, la baja tensión. En climatización y contra incendios, el registro de la UNED y la térmica de un Ahorramás en Guadalajara. Para el ferrocarril, la alta tensión de la terminal de mercancías de Vicálvaro de Adif y la fotovoltaica de baja tensión de cuatro estaciones de Renfe. Tienes la lista completa en proyectos.

Dos casos para ver cómo se aplica

Ejemplo: nave de Coslada comprada con ampliaciones sin registrar. Una empresa compra una nave cuya baja tensión estaba registrada, pero el anterior ocupante añadió una zona de oficinas climatizada y un compresor de aire sin tramitar nada. Para pedir más potencia, la distribuidora exige el certificado actualizado. El trabajo consiste en hacer el levantamiento, separar tres expedientes (modificación de baja tensión, instalación térmica y equipo a presión), adecuar lo que no cumple, redactar la documentación de cada uno y comunicar a la vez el cambio de titularidad de lo ya inscrito.

Ejemplo: una clínica dental en un local de Alcobendas. El local necesita la instalación eléctrica de un local con actividad sanitaria, la climatización de gabinetes y sala de espera y el registro del equipo de rayos X intraoral y del ortopantomógrafo. Coordinar los tres expedientes y la licencia municipal desde el principio evita que la apertura se retrase porque uno de ellos llega tarde.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la ingeniería de legalización de instalaciones?

Es el trabajo técnico que permite inscribir una instalación: decidir qué reglamento y procedimiento aplican, redactar el proyecto o la memoria, dirigir la obra cuando procede, revisar los certificados del instalador y llevar el expediente hasta el registro, coordinando la inspección si la hay.

¿Cuándo hay que legalizar una instalación eléctrica?

Cuando es nueva, cuando se amplía o se reforma de forma importante, cuando cambia el uso del local a una categoría más exigente y cuando la distribuidora pide un certificado que no existe para contratar o subir potencia. En alta tensión, algunos grupos necesitan autorización antes de construir.

¿Cuánto cuesta legalizar una instalación?

Depende del tipo de instalación, de si basta memoria o hace falta proyecto, de si exige inspección inicial, de las tasas del trámite, de si hay que adecuar algo y de la documentación que ya tengas. Lo valoramos sobre tu caso y te damos un presupuesto cerrado.

¿Cuándo hay que legalizar una instalación de climatización?

Cuando la potencia térmica nominal instalada supera 5 kW: entre 5 y 70 kW con memoria técnica y por encima de 70 kW con proyecto, según el RITE. Un aparato doméstico pequeño queda fuera, pero la climatización de una oficina, un comercio o un restaurante casi nunca. Las reformas que cambian la potencia o el sistema también se registran.

¿Qué necesito para legalizar una instalación fotovoltaica?

Memoria técnica o proyecto según la potencia, certificado de la empresa instaladora, inspección cuando corresponda e inscripción en el registro de autoconsumo. Con excedentes, además, los permisos de acceso y conexión con la distribuidora. En Madrid buena parte se presenta a través de una EICI.

¿Se puede legalizar una instalación que se ejecutó sin papeles?

Sí, con un proceso de regularización: levantamiento en campo, diagnóstico frente al reglamento, corrección de las deficiencias, documentación de lo construido, certificado del instalador, inspección e inscripción.

¿Hay que volver a legalizar una instalación si cambia el titular?

No hay que repetir el expediente técnico, pero sí comunicar el cambio de titularidad al registro. En alta tensión la transmisión tiene su propio procedimiento y su tasa.

¿La legalización de la instalación sustituye a la licencia de actividad?

No. El registro de industria acredita que las instalaciones cumplen sus reglamentos; la licencia de actividad o la declaración responsable es un trámite municipal. Se complementan y conviene prepararlos juntos.

¿Legalizáis instalaciones fuera de la Comunidad de Madrid?

Sí. Fuera de Madrid hemos trabajado, por ejemplo, en el alumbrado del aeropuerto compostelano, en las redes de baja del aeropuerto de Zaragoza y en sucursales del Banco de España en otras ciudades. Cada comunidad tiene sus procedimientos y los adaptamos al caso.

Cuéntanos qué instalación tienes que legalizar

Dinos qué instalación es, dónde está y en qué punto se encuentra (en proyecto, en obra, terminada o funcionando sin registrar). Te decimos qué trámite le corresponde, qué documentación falta y cómo lo resolvemos. Contacta con nosotros y lo vemos.